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EL ABORTO DESDE EL PUNTO DE VISTA JUDÍO

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EL ABORTO DESDE EL PUNTO DE VISTA JUDÍO

HABLEMOS DEL ABORTO

ABORTO EN EL JUDAISMO – TERCERA PARTE

Para continuar nuestro tema de revisión nos formulamos la siguiente pregunta:

ENTONCES: ¿ESTÁ O NO PERMITIDO EL ABORTO? Y ¿EN QUÉ CONDICIONES?

Arranquemos de dos conceptos: el primero de la Torá y el segundo del Talmud

1.- “Y los bendijo Adonai, y les dijo: fructificad y multiplicaos, llenad la tierra y sojuzgadla…

2.- “Quien destruye una vida, es como si destruyera todo un mundo y quien salva una vida, es como si hubiera salvado un mundo entero” Talmud, Sanedrín 37 a.

El aborto para el judaísmo está indicado en los siguientes casos:

En una situación extrema donde la vida de la madre esté comprometida por el nacimiento del bebé. En este caso, de acuerdo a Maimónides y la Mishná en Oholot 7:6, el niño es considerado un “Rodef”(perseguidor), persona con potencial de asesinar a otro y este debería de ser exterminado antes que cause la muerte de la madre.

En Shabat y en Yom Kipur, una parte del propio cuerpo, pueden ser sacrificados para salvar la vida. Nuestros Sabios nos dicen: “profana un Shabat para salvar una vida, para que puedan preservarse muchos Shabats”.

En este caso, el feto será observado como un órgano enfermo de la madre y, en consecuencia, puede ser amputado para salvar la vida de la madre.

En el caso en que la madre es considerada tan deficiente psicológicamente que cometiera el suicidio el aborto podría ser justificado en este caso por algunas opiniones halájicas.

Hay desacuerdo entre las autoridades rabínicas respecto al aborto por adulterio, o en otros casos de embarazo que son fruto de una relación bíblicamente prohibida.

Desacuerdo también existe en casos de violación e incesto, ya que hay estudios que determinan que sólo el 0.1% de este tipo de encuentro sexual termina en embarazo; la cuestión fundamental seria el “peaje” emocional exigido a la madre por llevar a término el embarazo.

No hay acuerdo si la relación sexual por violación produce un embarazo en una mujer con retardo mental severo, ya que el solo aborto puede producir duelo.

Hay también desacuerdo en los casos de clonación.

No hay acuerdo con un aborto que se origina de aquellos embarazos que se produjeron por “desconocimiento de métodos de planificación familiar”.

No se permite el aborto por las siguientes causas:

El sólo hecho de mutilar el cuerpo.

La madre es una entidad viva y viable que, con la ayuda del Eterno, tendrá otros hijos y llevará una vida productiva. El feto, por su parte, es un ente incierto.

No sabemos si vivirá o morirá. Nos describen los historiadores que en recientes épocas de guerra se hizo hábito común entre los hombres cercenar un pequeño trozo del dedo índice para evitar así el reclutamiento.

Semejante práctica, sin lugar a dudas, está prohibida. Una persona tiene prohibido auto-lastimarse. (Talmud Babilónico, Bava Kamma, 92 a)[16]

El valor de la vida propia antecede al valor de la vida del prójimo (Najmánides, Comentario en Vayicrá 19:18)[17]

No se permite en el caso de que los padres hayan solicitado  la amniocentesis solamente para evaluar únicamente si se van a presentar defectos de nacimiento.

Sin embargo, un examen puede realizarse si es con vistas a llevar a cabo una acción permitida, tal como el rendimiento de la amniocentesis o el dibujo de los niveles de alfa-fetoproteína para mejorar el tratamiento médico del peri-parto o del post-parto.

No se permite el aborto de aquel embarazo que se ha llevado a cabo a través de la fertilización in vitro.

No se permite el aborto en casos como el de que una mujer que tiene diez hijos enfrente dificultades para manejar la situación y se encuentra con que está esperando a su hijo número once, ella, tiene prohibido someterse a un aborto.

No se permite que un feto sea abortado para salvar la vida de cualquier otra persona cuya vida no esté directamente amenazada por el feto, tal sería el caso si se pretendiera hacer uso de los órganos fetales para un trasplante.

No se permite el aborto utilizando como justificación las depresiones que se producen durante el embarazo y las de post-parto, ya que ellas son tratables.

 

Veamos opiniones particulares: el Rabino Shlomo Zalman Auerbach [18]prohíbe el aborto de un feto con la enfermedad de Tay Sacks pero permite el aborto de un feto anencefálico, y añade que sus órganos no sean utilizados para trasplante, mientras el feto respire espontáneamente.

El mismo feto anencefálico, si es nacido a término, debe ser tratado aún en Shabat, pero no hay obligación para maniobras de resucitación.

Para este tipo de bebés también está prohibido prolongar su existencia innecesariamente.

En casos de embarazo múltiple, permite el aborto selectivo de uno de los fetos siempre y cuando salve a los demás y a la madre; estipula que un anestesiólogo tiene prohibido dar anestesia en los casos en que el aborto es prohibido por la halajá, aún con el riesgo de perder su trabajo; un ecografista no debe realizar una valoración por un aborto cuya causa esté prohibida y permite la autopsia de un feto después de que la madre ha tenido varios eventos espontáneos, y se requiera averiguar la causa de ellos.

La espina bífida debe ser corregida quirúrgicamente si es posible, y los grandes defectos quirúrgicos no deben ser intervenidos si el riesgo de supervivencia es dudoso.

No se debe hacer perder la santidad del Shabat en el caso de que un bebe, prematuro, sufra de enfermedades o defectos genéticamente mortales; sin embargo, se debe hacer todo lo posible para salvar un bebé al cual se le puede ofrecer un tratamiento y éste le ofrece un chance de supervivencia, aunque sea pequeño.

Si existen dudas de que si la entidad que lo afecta es mortal o si el bebé es nacido a término con un defecto letal, todo lo que sea necesario para hacer, hay que hacerlo, excepto la resucitación, en Shabat.

En los casos de violación, el Rab Shlomó Zalman Auerbach permite a la mujer utilizar métodos que impiden el embarazo después de tener relaciones.

El Rabino Auerbach también estipuló que las leyes de duelo se aplican a todo prematuro aunque tengan 5 ó 6 meses de edad gestacional, a quienes se les realizaron todas las maniobras para garantizarle su supervivencia, y lo hicieron durante más de treinta días después de habérseles dado de alta de una incubadora.

A los otros, de menor edad gestacional, o que sobrevivieron menos de treinta días después de sacarlos de incubadora, o tienen condiciones cardíacas o pulmonares que son mortales, no se les aplica las leyes de duelo.

Es bien sabido por todos que el pensamiento judío a través de las generaciones, incluyendo aún el sistema halájico, está repleto de diferentes puntos de vista, y muchos de ellos, contradictorios: todos ellos han contribuido enormemente a la riqueza del pensamiento a lo largo de la historia.

Es por ello que las decisiones halájicas siempre  son muy complejas y pueden tener una gran cantidad de opiniones al respecto: por ejemplo, nuestros sabios propusieron que la obligación a ser sanado de una patología que puede llevar a la muerte está por encima de todos los mandamientos de la Torá aún a pesar del mismo Shabat y si el paciente se niega, será considerado como un “tonto piadoso” y El Eterno pedirá rendición de cuentas por su sangre, por lo cual hay que hacer lo que el médico ordena  (lo encontramos en Responsa Rabdaz, #1139; Shulján Arúj, OH, 328, Magen Avraham). Pero, cuando se encuentra con una frase como la que nuestros sabios consignaron en  Mishna Nedarim 4:4 que dice que “si alguien ha hecho un voto (promesa o juramento) para no recibir beneficios de un tercero, este (el último) no podrá tratar su enfermedad”, podría crea un estado de desconsuelo y desasosiego en el médico y en aquellas personas que tienen pendiente algunas decisiones por tomar.

Esto se puede demostrar con la siguiente analogía, basada en el hecho que “No debería decirse que El Eterno ha creado la enfermedad y el médico la ha curado”, frase encontrada en uno de los escritos de Najmánides… La analogía está en el Midrash Samuel ad 4:1 y dice:

Los rabinos Ishmael y Akiva estaban caminando por las calles de Jerusalém acompañados por un hombre: un enfermo se les atravesó y les preguntó: “Maestros: ¿Cómo puedo ser yo sanado?  Y ellos le contestaron: “Toma un poco de esto y de esto hasta que estés sanado.

El hombre que estaba con los dos rabinos se dirigió a ellos y les preguntó: ¿Quién fue que afligió a esta persona con la enfermedad?

Ellos contestaron: “El Santo, bendito sea Su Nombre”.  El hombre nuevamente se dirigió a ellos y les dijo: Ustedes, sabios, interfieren en algo que no es de su incumbencia: el está afligido y ustedes lo sanan.

¿Qué haces? Le preguntaron los rabinos. Y él les contestó: yo soy granjero. “La hoz está en mis manos.”

Ellos le preguntaron al hombre: ¿Quién creó la tierra y quién creó los viñedos?

El Santo, bendito sea Su Nombre; contestó.  Entonces ellos le dijeron: “Tú estás interviniendo en lo que no es tuyo. El lo creó y tú comes de Su fruto.”

No contento con la respuesta, el hombre refunfuñó: “¿Acaso no ven la hoz en mis manos?” Por el sólo hecho de que yo salga, siembre, riegue, fertilice, y abone, puede que no obtenga nada del campo,

Ellos contestaron: Hombre, eres un tonto. ¿Acaso no has aprendido en tu trabajo que los días del hombre son como los de la hierba del campo?

De la misma manera como un árbol que no sea fertilizado ni abonado, no va a producir frutos: y si produce frutos y no es regado ni fertilizado no continuará viviendo y morirá, de la misma forma pasa con el hombre, que es como un árbol; el fertilizante es la medicina y el granjero es el médico.

Fin de la tercera parte – continuará


[15] Leyes Noájidas o más conocidas como las “ 7 leyes universales” que muchos de los rabinos y eruditos judíos dicen que se aplican a todos los pueblos.

[16] The First International Colloquium: Medicine, Ethics & Jewish Law ’93, página 55

[17] The First International Colloquium: Medicine, Ethics & Jewish Law ’93, página 56

[18] Tomado de www.medethics.org.il

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